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ITV de vehículos clásicos (más de 30 años)

ITV de coches clásicos e históricos: clasificación de vehículo histórico según el RD 892/2024, periodicidad reducida, documentación y qué se revisa en un clásico.

Clásico frente a vehículo histórico

En lenguaje coloquial llamamos "clásico" a cualquier coche antiguo, pero a efectos legales lo que importa es si el vehículo está o no catalogado como vehículo histórico. Son dos situaciones muy distintas de cara a la ITV:

Por tanto, tener más de 30 años no reduce por sí solo la frecuencia de la ITV: es la clasificación oficial como histórico la que cambia las reglas.

Clasificación como histórico (RD 892/2024)

La normativa vigente es el Real Decreto 892/2024, que aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos (aplicable desde el 1 de julio de 2025) y sustituye al anterior RD 920/2017 en esta materia. Simplifica el procedimiento —ahora denominado de clasificación como histórico— y lo centraliza en la Dirección General de Tráfico (DGT), en lugar de las comunidades autónomas. De forma resumida, puede clasificarse el vehículo que cumpla alguno de estos supuestos:

Con el RD 892/2024 ya no se exige con carácter general el informe de un laboratorio acreditado que preveía el RD 920/2017: la catalogación se tramita de forma más sencilla. A grandes rasgos, y según el caso, el procedimiento puede incluir:

  1. La certificación de las características del vehículo (por ejemplo, mediante un Servicio Técnico de Vehículos Históricos o la documentación de un club, federación o del fabricante).
  2. Una inspección técnica en una estación ITV, que expide la tarjeta ITV correspondiente.
  3. La solicitud de clasificación y, en su caso, de la matrícula histórica ante la DGT.

Los requisitos concretos varían según la situación del vehículo (por ejemplo, si ya tiene matrícula ordinaria e ITV en vigor). Confirma siempre el trámite exacto con la DGT o con tu estación ITV antes de iniciarlo.

Periodicidad de la ITV en históricos

Una vez clasificado como histórico, el vehículo pasa la ITV con una frecuencia menor que un turismo ordinario. La periodicidad la fija la normativa en función de la antigüedad. De forma orientativa (consulta la estación ITV o la DGT para tu caso):

Vehículo históricoPeriodicidad orientativa de la ITV
Coches: menos de 40 añosCada 2 años
Coches: de 40 a 45 añosCada 3 años
Coches: más de 45 añosCada 4 años
MotocicletasCada 4 años
CiclomotoresExentos (inspección voluntaria)

Frente a la inspección anual que soportaría un coche de más de 10 años sin catalogar, la reducción es muy notable. Recuerda que un coche antiguo sin catalogar pasa la ITV cada año igual que cualquier otro turismo de esa edad.

Qué se revisa en un clásico

La ITV de un vehículo histórico es más flexible en algunos aspectos, porque no puede exigirse que un coche de época cumpla normas de seguridad o emisiones posteriores a su fabricación. En general:

Documentación necesaria

Para pasar la ITV de un vehículo histórico ya clasificado deberás presentar:

Si aún no has clasificado tu clásico como histórico, plantéate hacerlo para beneficiarte de la periodicidad reducida. Y cuando te toque la inspección, encuentra la estación adecuada con nuestro buscador de estaciones ITV.

Preguntas frecuentes

¿A partir de qué edad un coche se considera histórico?

Según el RD 892/2024 (Reglamento de Vehículos Históricos), uno de los supuestos para clasificar un vehículo como histórico es tener una antigüedad mínima de 30 años desde su fabricación o primera matriculación, que su tipo ya no se produzca y conservarse en estado original. También pueden clasificarse vehículos de especial interés (bienes de interés cultural o con relevancia histórica).

¿Un coche de más de 30 años pasa la ITV cada año como el resto?

No necesariamente. Si el vehículo se clasifica oficialmente como histórico, la periodicidad de la ITV es reducida y depende de su antigüedad (orientativamente cada 2, 3 o incluso 4 años; las motos históricas, cada 4 años). Si el coche es antiguo pero no está clasificado como histórico, sigue el calendario general de turismos, que a partir de los 10 años es anual.

¿Dónde se tramita ahora la clasificación de un vehículo histórico?

Con el RD 892/2024 la clasificación como histórico se tramita ante la Dirección General de Tráfico (DGT), no ante la comunidad autónoma como con el anterior RD 920/2017. Según el caso, puede requerir un informe favorable de un Servicio Técnico de Vehículos Históricos y una inspección previa en una estación ITV. Para el detalle de tu situación, consulta con la DGT o la estación ITV.

¿Sigue haciendo falta un informe de laboratorio para catalogar el clásico?

El RD 892/2024 simplifica el procedimiento y ya no exige con carácter general el informe de un laboratorio acreditado que preveía el RD 920/2017. La acreditación de características se apoya en la certificación de un Servicio Técnico de Vehículos Históricos (o documentación de club, federación o fabricante) y en la inspección en estación ITV. Confirma los requisitos concretos con la DGT.

¿Puedo circular a diario con un vehículo histórico?

Depende de la comunidad autónoma. Algunas limitan el uso de los vehículos históricos a determinados fines (eventos, exhibiciones, desplazamientos ocasionales) mientras que otras permiten un uso más amplio. Conviene revisar la normativa de tu comunidad antes de la catalogación.

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